jueves, 4 de diciembre de 2008

AYUDAS A LA PRODUCCIÓN TEATRAL, DE DANZA Y DE MÚSICA PROFESIONALES.

AYUDAS
Unidad Gestora
D. GRAL. DE PROMOCIÓN CULTURAL
CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

FINALIDAD:

Financiar los gastos que se generen anualmente por el montaje de nuevas producciones de teatro, de danza o de música profesionales que se realicen cada año en régimen de concurrencia pública para el año 2009


DESTINATARIOS:

A. Las empresas de producción teatral, de danza o de música cuyo domicilio social radique registrado en el ámbito territorial de Extremadura, con un período mínimo de dos años de actividad profesional o que acrediten haber producido, al menos, dos montajes escénicos para teatro o danza, o dos montajes musicales documentados en material sonoro (Disco, CD, Cassette) para música.

B. Las empresas de producción teatral, de danza o de música que, teniendo su domicilio social fuera del ámbito territorial de Extremadura, oferten proyectos de interés cultural para nuestra Comunidad, bien por su temática o por el autor; que tengan un período mínimo de dos años de actividad profesional o que acrediten haber producido, al menos, dos montajes escénicos o hayan sacado al mercado al menos dos colecciones de grabaciones sean discos, cassettes o discos compactos.

C. Las compañías teatrales, de danza o música que se hayan formado en el año 2008 y, cuyos componentes tengan una actividad profesional suficientemente acreditada en los tres años anteriores a la formación de la Empresa, y que además cumplan los requisitos de territorialidad expresados en los puntos A o B anteriores.

D. En el caso de Uniones Temporales de Empresas, los criterios anteriores serán de aplicación a las que individualmente las compongan.

REQUISITOS:

Los solicitantes de las ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Las compañías beneficiarias de las ayudas deberán realizar una representación/actuación que a tal efecto organizará la Consejería de Cultura y Turismo, con el objetivo básico de dar a conocer las nuevas producciones a los programadores y dar la oportunidad a los miembros de la comisión de valoración, de comprobar, en un breve plazo de tiempo, las nuevas producciones evaluadas con anterioridad.

- En toda la publicidad que se genere por las representaciones de las obras objeto de ayuda, deberá constar en lugar destacado que se trata de una obra en coproducción con el Centro de las Artes Escénicas y de la Música de la Consejería de Cultura y Turismo, de la Junta de Extremadura.

- Facilitar cuantas actuaciones de comprobación se efectúen por la Consejería de Cultura y Turismo en relación a la concesión de ayudas reguladas en la presente Orden. Asimismo, quedará sometido a las actividades de control financiero establecida en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de la Hacienda Pública de Extremadura, así como de los organismo fiscalizadores.

- Asimismo, los beneficiario deberán cumplir el resto de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

TIPO Y CUANTÍA:

La cantidad máxima por ayuda no será superior a 50.000 euros, ni superará el 60% del importe del presupuesto de producción aprobado (I.V.A. excluido).

DOCUMENTACIÓN:

- Solicitud, a la que deberá acompañarse los siguientes documentos:

A) Cinco copias del proyecto de producción de teatro, danza o de música que se propone realizar, en el que se detalle:

a) Texto íntegro del proyecto a representar, indicando título y autor/compositor y/o adaptación (en su caso).

b) Temas del proyecto, autor/autores de cada tema, música y letra.

c) Cuadro artístico y técnico.

d) Diseño de vestuario y escenografía del proyecto para teatro, danza o espectáculo musical, y diseño de carátula del trabajo discográfico en su caso.

e) Presupuesto pormenorizado de ingresos y gastos, en el que se contemplen los gastos de producción, dirección, escenografía, vestuario, iluminación, música, ensayos, grabación y derechos de autor.

f) Plan de distribución del proyecto (certificación de programadores, expectativas de actuaciones, demandas de la obra, etc.).

g) En el caso de que la obra proyectada genere derechos de autor, documentación de la Sociedad General de Autores de España o Entidad correspondiente en la que se acredite su autorización para representarla; si no genera dichos derechos, certificación expresa en este sentido (original o copia compulsada).

B) Número de obras y actuaciones o conciertos efectuados dentro y fuera de nuestra Comunidad en los dos años anteriores a la convocatoria anual, con indicación de las subvenciones concedidas por la Junta de Extremadura para la producción o gira de las mismas (debidamente firmada por el solicitante).

C) Declaración acerca de las subvenciones solicitadas y/o concedidas para la producción que se solicita, por otras Instituciones, o de no haberlas solicitado (debidamente firmada por el solicitante).

D) Fotocopia compulsada del código de identificación fiscal de la empresa.

E) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad del representante legal que firme la solicitud, o autorización para solicitar dicho documento de oficio.

F) Documento acreditativo del poder para representar a la empresa (original o copia compulsada).

G) Documento que acredite que la empresa tiene su sede en el ámbito territorial de Extremadura y su fecha de constitución, excepto a las que hace referencia el punto B del artículo 2.º (original o copia compulsada).

H) Boletín de autónomo y/o TC-1 y TC-2, de cotización a la Seguridad Social.

I) Certificados de hallarse al corriente en las obligaciones con respecto a la Seguridad Social y Hacienda Estatal y Autonómica, extremos que podrán ser comprobados de oficio por el órgano gestor de las ayudas siempre que el interesado hubiese conferido expresamente en la solicitud de la subvención su autorización para que el órgano gestor recabe directamente el correspondiente certificado.

J) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas o Declaración censal en la Agencia Tributaria.

K) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa o notario público de no estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Hasta el día 17 de enero de 2009, inclusive.

ÓRGANO GESTOR:

Dirección General de Promoción Cultural

RESOLUCIÓN:

1. La concesión de la subvención se realizará por Orden del titular de la Consejería de Cultura y Turismo, previa elevación de una propuesta por la Comisión de Valoración encargada de estudiar e informar los proyectos. El plazo para dictar Orden de resolución será de un mes desde la elevación de la propuesta.

2. En la Orden de resolución que se dicte, que pondrá fin a la vía administrativa, se harán constar los beneficiarios y la cuantía concedida. Asimismo se hará constar los proyectos desestimados y los motivos de desestimación. Dicha Orden será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, con expresión de los recursos que procedan.

3. Transcurrido el plazo máximo para resolver y notificar este procedimiento que será de seis meses, desde que se publique la respectiva Orden de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, sin que haya recaído resolución expresa se podrán entender desestimadas las solicitudes de conformidad con lo previsto en el artículo 44.1 de la LRJAP y PAC.

4 comentarios:

Jose Luis dijo...

Hay que ver macho, estas en todo!

Jose A. Delgado dijo...

Se hace lo que se puede...

Rubén G. Rodríguez dijo...

Esta ya ha expirado!!!

hay que cumplir muchos requisitos para que te den esta...ademas creo que la piden muchas empresas...habría que indagar en otro tipo de ayudas...

Jose A. Delgado dijo...

Gracias por tu aportación, si conoces alguna convocatoria activa no dudes en mandárnosla para publicarla.

Un saludo!